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Sivu 10 - Art. 3.° — Los títulos profesionales para el libre ejercicio de la medicina y de la farmacia en la República, comprendiendo á todos los ramos y especialidades que les son referentes, serán conferidos, previo informe favorable de la Dirección General de Sanidad Pública, por el Ministro de Instrucción, en vista del diploma universitario correspondiente...
Sivu 18 - ... á no ser en los casos determinados por las leyes. Se autoriza al Poder Ejecutivo, para organizar las oficinas, según la población de cada lugar, en armonía con las disposiciones del servicio de notarios. Art. 4.° — Los registradores gozarán por sus servicios, el sueldo que les asigne el Presupuesto Nacional. Art. 5.° — Los secretarios del Registro Civil en las parroquias rurales, serán nombrados por el Ejecutivo, á propuesta en terna del Registrador respectivo, y gozarán del sueldo...
Sivu 39 - Secretario. Cúmplase con arreglo á la Constitución Política del Estado. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, á los 2 días del mes de Octubre de 1907 artos.
Sivu 1 - ISMAEL MONTES, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL DECRETA: Articulo único.
Sivu 56 - Agricultura queda encargado de la ejecución del presente Decreto. Es dado en la ciudad de La Paz, á los diez y ocho días del mes de marzo de mil novecientos siete años.
Sivu 61 - Nacional queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto. Es dado en la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de enero de mil novecientos sesenta y seis años.
Sivu 18 - Las funciones que por esta ley se encargan al jefe de la oficina del Registro, serán desempeñadas, indistintamente, por él ó por su inferior inmediato.
Sivu 6 - Se restablece el servicio especial de Médicos Forenses en las capitales de Departamento, atribuyéndose al Poder Ejecutivo el nombramiento de estos funcionarios, por medio del Ministerio de Justicia. Art. 2? — El servicio de Médicos Forenses, se llenará en las provincias conforme á lo prescrito en el inciso V, artículo 2<?
Sivu 40 - CÁMARA DE DIPUTADOS En ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 2.° de la Ley de 9 de diciembre de 1 905 y en vista de las ternas pasadas por el H.
Sivu 5 - Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz. á los veinticinco días del mes de Septiembre de mil novecientos siete años.

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