CÁMARA DE DIPUTADOS En ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 2.° de la Ley de 9 de diciembre de 1 905 y en vista de las ternas pasadas por el H. Memoria - Sivu 40tekijä(t) Bolivia. Ministerio de Justicia - 1908Koko teos - Tietoja tästä kirjasta
| Vicente Olarte Camacho - 1901 - 904 sivua
...cuanto no se opongan al presente decreto y sean compatibles ci;n todos los que el Gobierno dicte en uso de la atribución que le confiere el artículo 2.° de la Ley 13 de 1892. 780. Art. 10. Con las mismas restricciones y salvedades, regirán en cada Intendencia las... | |
| Bolivia - 1908 - 314 sivua
...Cámara de Diputados. La Paz, io de Septiembre de 1907. ' RAFAEL BEKTHIN HIJO. Zenón C. Orias, ns LA CÁMARA DE DIPUTADOS En ejercicio de la atribución...artículo 2? de la Ley de 9 de Diciembre de 1905 y en vista de las ternas pasadas por el H. Senado Nacional, para la provisión de la Comisión Codificadora,... | |
| Bolivia - 1908 - 762 sivua
...de 4 de octubre • Comisión Codificadora. — Se elige á los miem bros que deben componerla . LA CÁMARA DE DIPUTADOS En ejercicio de la atribución...confiere el artículo 2.° de la Ley de 9 de diciembre de 1 905 y en vista de las ternas pasadas por el H. Senado Nacional, para la provisión de la Comisión... | |
| Costa Rica - 1900 - 658 sivua
...vienen sin los accesorios de caucho que forman su complemento, El Presidente de la República, En uso de la atribución que le confiere el artículo 2? de la ley de 16 de julio de 1888, ACUERDA: Que en todo caso, aun tratándose de sólo" partes de cristal destinadas... | |
| Costa Rica - 1882 - 600 sivua
...GENERAL IJE DIVISÍÓN Y PRESIDENTE CONSTITUCIÓN AIDE LA REPÚBLICA »E COSTA-RICA. .. . I En uso de la atribución que le confiere el artículo 2? de la ley n? 30 de fecha. 17 del comente mes, DECRETA: » Art. único. — El Presupuesto general de gastos emitido... | |
| Bolivia. Congreso Nacional. Cámara de Diputados - 1928 - 884 sivua
...Montellano, DS ad hoc. No. 360 Proyecto de ley EL CONGRESO NACIONAL Decreta : Artículo 1.° — Se modifica el artículo 2.° de la ley de 9 de diciembre de 1905, en los términos siguientes: "Este servicio es de cuatro días o jornales, y no será exigible sino... | |
| |