Art. 3.° — Los títulos profesionales para el libre ejercicio de la medicina y de la farmacia en la República, comprendiendo á todos los ramos y especialidades que les son referentes, serán conferidos, previo informe favorable de la Dirección General... Memoria - Sivu 10tekijä(t) Bolivia. Ministerio de Justicia - 1908Koko teos - Tietoja tästä kirjasta
| Bolivia. Congreso Nacional. Cámara de Diputados - 1908 - 610 sivua
...estudio facultativo y de los honorarios á que tiene derecho el personal de la mesa examinadora. Art. 3.° — Los títulos profesionales para el libre...diploma universitario correspondiente, expedido en Solivia, sea para los que hubiesen estudiado en el país, ó para los titulados en naciones con las... | |
| Bolivia - 1908 - 762 sivua
...obligados á pagar los mismos derechos que los aspirantes que hubiesen estudiado en el país. Art. 3.° — Los títulos profesionales para el libre...la Dirección General de Sanidad Pública, por el Ministro de Instrucción, en vista del diploma universitario correspondiente, expedido en Bolivia,... | |
| Bolivia - 1908 - 314 sivua
...hallándose obligados á pagar los mismos derechos que los aspirantes que hubiesen estudiado en el país. de la medicina y de la farmacia en la República,...la Dirección General de Sanidad Pública, por el Ministro de Instrucción, en vista del diploma universitario correspondiente, expedido en Bolivia,... | |
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