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nuestro favor la soberanía de la Isla de Pinos. Sin embargo, conociendo como todos conocemos en Cuba, el carácter esencialmente moral del pueblo americano y el noble desinterés, sin ejemplo en la Historia del mundo, con que nos prestó su ayuda para que pudiéramos constituirnos en Nación independiente, no hay motivo alguno para dudar de que, durante el Congreso próximo, aquel Alto Cuerpo, inspirado como siempre en un recto espíritu de justicia, impartirá su aprobación al Tratado, correspondiendo así á los honrados propósitos del ilustre ciudadano que ejerce hoy la Primera Magistratura de la Gran República.

Cuba ha sido invitado á varios Certámenes y Congresos, por ejemplo: el de Ferrocarriles, que en mayo del año próximo se celebrará en Washington, el de las Cámaras de Comercio y Asociaciones Comerciales é Industriales de Bélgica, el de Navegación que tendrá efecto en Milán el año entrante.

A fin de estimular la inmigración de braceros procedentes de España, se dieron instrucciones á nuestros Agentes Consulares allí, para que hicieran conocer, principalmente en los distritos rurales, las ventajas que obtiene en Cuba el trabajador honrado, por el buen trato que recibe y el alto jornal que gana, el cual le permite cubrir holgadamente sus necesidades y acumular algunos ahorros. Dichos funcionarios cumplen eficazmente las instrucciones recibidas.

El Consulado de la República en Liverpool ha comenzado la instalación de un Museo Comercial, donde los expositores cubanos, además de exhibir de una manera adecuada sus mercancías, podrán obtener cuantos informes y referencias consideren de provecho para la mejor colocación de los productos de Cuba.

Me permito recordar la alusión hecha en mis Mensajes de abril y noviembre del año anterior, relativa á la Convención azucarera de Bruselas, y la indicación que hice en el de dos de marzo último sobre la conveniencia de que se autorice al Ejecutivo para modificar las Partidas 293 á 294 del Arancel de Aduana; reforma con la cual tendremos abierto para nuestros azúcares el mercado inglés, ya nos adhiramos ó no á la expresada Convención.

Respecto á la Administración de Justicia, aún quedan sin satisfacerse las necesidades de que adolece, expuestas en anteriores Mensajes.

Mientras no exista una ley orgánica que garantice la inamovilidad de los funcionarios, y establezca un sistema regular para el ingreso y ascenso en la carrera, no será posible que el poder judicial posea las condiciones que necesita para que pueda girar independientemente dentro de su propia esfera.

La reorganización de la justicia municipal debe ser de preferente atención, aunque sea parcialmente, á reserva de completar la obra cuando se redacte la ley orgánica del poder judicial. Aparte de ser en extremo defectuoso el funcionamiento de los jueces municipales, se

continuará violando la Constitución, en tanto que dichos funcionarios no disfruten de sueldo para que puedan prestar al público gratuitamente sus servicios.

Desde que comenzó el corriente año económico, se ha visto obligado el Ejecutivo á negar el pago de una gran parte de los gastos hechos por funcionarios del orden judicial á consecuencia de ser muy reducida la cantidad consignada en los presupuestos para cubrir esa atención. Esta última circunstancia es debida al espíritu restrictivo que prevalece en las disposiciones vigentes, según las cuales sólo deben correr por cuenta del Erario los gastos que se hacen en comisiones de servicio, pero no aquellos que naturalmente irroga el desempeño de las funciones propias de cada funcionario. Con este motivo, los jueces de primera instancia, y sobre todo los de instrucción y los municipales, se quejan con frecuencia de no poder soportar las erogaciones que á ellos y á sus auxiliares les origina el ejercicio de su cargo, cuando tienen que salir fuera del lugar de su residencia.

De igual manera se reciben quejas de los particulares contra funcionarios del orden judicial, que, á fin de evitarse gastos extraordinarios, no practican á tiempo en aquellos casos las diligencias que sus deberes les imponen. Estos hechos demuestran que en efecto el Estado no atiende cumplidamente á ciertas necesidades de la esfera judicial. Por tanto, el Ejecutivo se permite recomendar á la consideración del Congreso la conveniencia de dictar una ley con amplio criterio, encaminada á poner á cubierto á los jueces de que se trata, de esa carga que sobre ellos pesa, cuando salen del lugar en que residen para ejercer actos propios de sus funciones. También se evitará de este modo el daño que hoy sufre la administración de Justicia por las razones que se dejan expuestas.

Respecto á la necesidad de una nueva Sala de lo civil para la Audiencia de la Habana, de cuya creación se ocupa actualmente el Congreso, debo hacer constar, para que no se extravíe la opinión, que el Ejecutivo tiene plena confianza en la competencia y laboriosidad de los Magistrados que forman la actual Sala, y estima, por tanto que el atraso en el despacho de los asuntos pendientes se debe sólo al excesivo número de éstos. En efecto, desde el año 1899 hasta 1904, inclusive, el número de autos ingresados en la Sala de lo civil de la Audiencia de la Habana ha ido aumentando en la notable proporción siguiente: En 1899, hubo 211; en 1900, 272; en 1901, 512; en 1902, 571; en 1903, 662, y en 1904, 735.

Las demás Audiencias, aunque á veces se ven recargadas de trabajo, especialmente las de Santa Clara y Santiago de Cuba, lo vencen siempre y marchan con regularidad.

Excuso repetir aquí lo que se ha expuesto en otros Mensajes sobre la necesidad de acometer formalmente las reformas que demandan la actual legislación, así en lo criminal como en lo civil.

Respecto á los servicios auxiliares de la Adminisiración de Justicia, sólo he de referirme á los abogados de oficio, haciendo mención de las frecuentes quejas dirigidas al Ejecutivo por litigantes pobres, que no encuentran quien los defienda en los asuntos civiles. Ante la repetición de estos casos, parece indicada la necesidad de que se nombren abogados con sueldo fijo, encargados de llevar la defensa de los pobres en aquellos asuntos, ó que de algún otro modo se provea á suplir la falta indicada.

En el presupuesto vigente está consignada la suma de $1,200 para proveer de libros al Registro del Estado Civil. Esta cantidad, que al formularse dicho presupuesto se estimó suficiente, ha resultado no ser bastante para la referida atención, por el extraordinario aumento de las inscripciones verificadas, con motivo de los plazos concedidos para efectuar las de los nacimientos que no habían sido inscritos dentro del términgo legal, y á virtud del crecido número de defunciones correspondientes al período de la guerra, inscritas con el fin de justificar el carácter de herederos de aquellos que se consideran con derecho á reclamar los haberes de los que fallecieron en campaña.

En la actualidad, el referido crédito presupuesto está agotado, y se hace necesario, para atender á dicho servicio, la concesión de otro de $2,500, para lo que resta del año fiscal en curso. Con él podrá atenderse al propio tiempo, á la reconstrucción de los Registros que fueron destruidos durante la guerra.

Se registran algunos casos de matrimonios celebrados con arreglo á las leyes dictadas en el período de la revolución, que aún no han sido inscritos en el Registro del Estado Civil, no obstante les distintos plazos que durante la intervención americana se concedieron. No está en las atribuciones del Ejecutivo otorgar nuevos plazos para que tales matrimonios se inscriban y pierdan el carácter que hoy tienen, de meros concubinatos, á pesar de haberse celebrado por los contrayentes en la creencia de que realizaban un acto lícito y de que por él quedaban legítimamente casados. Los que se encuentran en el caso referido están en situación que perjudica á sus intereses y los de su descendencia, por hallarse privados de todos los derechos que nacen de la sociedad conyugal.

En atención á lo expuesto, las Cámaras resolverán lo que estimen conveniente, en el concepto de que los referidos matrimonios adquieran la legitimidad que han menester, para que surtan los efectos legales correspondientes, ya que la revolución que les dió existencia ha triunfado, y no parece lógico ni moral que en el seno de la República, traida por esa misma revolución, vivan como espúreos los que acataron sus leyes y realizaron á su amparo el matrimonio.

Es necesario, para la marcha regular del registro de la propiedad, que por una ley se determine la circunscripción que cada registro debe tener actualmente. La orden 23, de la serie de 1902, alteró la división

administrativa, la cual correspondía á la judicial, que es la que debe servir para el registro de la propiedad. De esta manera se evitará la anomalía que se advierte de que dueños de terrenos en un partido judicial determinado tengan forzosamente que acudir, para efectuar las inscripciones de sus inmuebles y derechos reales á un registro de otro partido judicial.

Los excelentes resultados obtenidos en el servicio de notarios lo evidencia el extraordinario aumento de la contratación pública, debida á la facilidad y baratura de la misma, desde que se efectuó la demarcación notarial, conforme á lo dispuesto en la orden 112 de 1900.

Las disposiciones vigentes no exigen, en el sentir del Ejecutivo, reforma alguna, siendo además justo consignar que en el desempeño de sus funciones, nuestros notarios pueden resistir con éxito satisfactorio la comparación con los de otros países en que la organización notarial es análoga.

Durante los últimos cinco meses se han continuado las obras de carreteras que estaban pendientes y que tenían crédito por la ley de presupuestos ó por leyes especiales.

Se ha terminado el puente sobre el río Bayate, en Pinar del Río; el de San Andrés, en Alacranes, Matanzas; un puente y una alcantarilla en el camino de Jíbaro á Sancti-Spíritus, en Santa Clara; y el importante puente sobre el río Ullao, en la Provincia de Santiago de Cuba.

Están en ejecución los puentes sobre los ríos Mantua y Santa Clara, en la Provincia de Pinar del Río; la instalación de la estructura de acero del puente sobre el río Sagua la Grande, tres puentes y dos alcantarillas en el camino de Tuinucú á Cabaiguán, y el del río Damují, en Cartagena, Provincia de Santa Clara; un puente sobre el arroyo Jobabo y otro sobre el de Santa Teresa, en el camino de Puerto Príncipe á Santa Cruz del Sur, en la Provincia de Camagüey. De estas obras quedarán concluídas, durante el presente mes de abril, siete puentes y dos alcantarillas.

Se han terminado trece nuevos tramos de carreteras, dos de ellos realizados por administración y once por contrato; dichos tramos de carretera son los siguientes:

De Paso Real á San Diego, en la Provincia de Pinar del Río; de Punta Brava á San Pedro, de Vereda Nueva á Saladrigas, de Ceiba del Agua á Capellanías, de San Antonio de los Baños á Güira de Melena (primer tramo), de Managua á Batabanó, kilómetros 13 al 16, y de Bejucal á Quivicán, en la Provincia de la Habana; de Santa Clara á Camajuaní, kilómetros 1 al 4, y de Vueltas á Vega de Palma, en la Provincia de Santa Clara; de Guantánamo á Yateras, kilómetros 1 al 4, y del Cristo al Songo, primer kilómetro, en la Provincia de Santiago de Cuba.

En la actualidad se construyen 21 tramos de carreteras, 6 de los

cuales se ejecutan por administración y 15 por contrata, á saber: camino de San Juan y Martínez á Luis Lazo, de Consolación del Norte al Embarcadero de Río Blanco, de Bahía Honda á Buenaventura, hacia la Palma, de Artemisa á Cayajabos en su último tramo, de Paso Real á San Diego, kilómetros 2 y 4, en la Provincia de Pinar del Río; de Bejucal á San Felipe, de San Antonio de los Baños á Güira dé Melena (segundo tramo), en la Provincia de la Habana; de Matanzas á Canasí (cuarto tramo), de Cárdenas á Camarioca, kilómetros 9 al 12, de Matanzas á Cidra, kilómetros 10 al 12, en la Provincia de Matanzas; de Guaos á Cumanayagua, kilómetros 6 y 7, de Trinidad al Condado, kilómetros 5 al 7 y camino de Punta Gorda, en la Provincia de Santa Clara; dos tramos de Camagüey á Santiago de Cuba, kilómetros 11 al 18, de la Gloria á Viaro y reparación del camino al Asilo "Padre Valencia," en la Provincia de Camagüey.

Respecto á la Provincia de Santiago de Cuba, se continúan, en relación de las cantidades asignadas, los trabajos de las carreteras de Manzanillo á Calicito, de Manzanillo á Bayamo, de Bayamo á Baire y de Baire hacia Bayamo.

Las obras de la Avenida de la República (Malecón), aunque se continúan, se ejecutan por ahora con menor actividad, á causa del fuerte oleaje que reina en la presente estación, pero en el próximo verano se les dará nuevo impulso, dentro de lo que permita el crédito concedido para la obra.

Por la Jefatura de Construcciones Civiles se han realizado obras de reparaciones y ampliaciones en treinta y un edificios del Estado. En la actualidad se verifica poco trabajo de esta índole, porque el crédito que figura con ese objeto en el vigente presupuesto es reducido, con relación al gran número de edificios del Estado en todo el territorio de la República, que necesitan reparaciones. En el próximo presupuesto se consigna mayor cantidad para dicha atención.

Por la Jefatura del servicio correspondiente se han realizado las reparaciones de seis faros.

Han comenzado por administración las obras del acueducto de Guanabacoa y por contrata las del acueducto de Santiago de Cuba.

No ha podido comenzarse aún el de Pinar del Río, porque ha resultado insuficiente el crédito concedido, después de hecho el estudio definitivo de los trabajos, y los de Camagüey, Santa Clara y Unión de Reyes, porque se están practicando en la actualidad las investigaciones necesarias para encontrar agua suficiente á las necesidades de cada una de esas poblaciones, á fin de proceder, después de analizadas, á la redacción de los proyectos.

Se han hecho reparaciones en los muelles del Estado, en Gibara, Cienfuegos y Santiago de Cuba, y obras de dragado y limpieza en esta capital, así como en otros puertos, en que era de mayor urgencia,

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