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Ministerio de Justicia, Culto e Instrucción Pública

DECRETO N. 28872.

Que acepta la renuncia del Juez de Paz Suplente de Pirayu.

Asunción, Enero 7 de 1928.

Vista la renuncia del señor Zoilo Penayo del cargo de Juez de Paz Suplente de Pirayú,

El Presidente de la República

DECRETA:

Artículo 1.0 Acéptase la renuncia del señor Zoilo Pénayo del cargo de Juez de Paz Suplente de Pirayú. Art. 2.0 Comuníquese, publiquese y dése al Registro Oficial.

N. 4747.

Que acuerda jubilación al señor Isidoro de la C. Villalón.

Asunción, Enero 7 de 1928.

Vistos: el escrito presentado por el señor Isidoro de la C. Villalón, en el que solicita la jubilación que le corresponde en mérito a los treinta y cuatro años de servicios prestados a la Administración Pública; el dictamen favorable del señor Procurador General del Tesoro; la liquidación practicada por la Contaduría General y Dirección del Tesoro, de acuerdo con los arts. 248 de la Ley de Organización Administrativa y 1 y 2 de la Ley N. 866 y los demás recaudos obrantes en el expediente que justifican el derecho cuyo reconocimiento se gestiona,

El Presidente de la República DECRETA:

Artículo 1.0 Acuérdase la jubilación mensual de ($ 3.500. cl.) Tres mil quinientos pesos de curso legal al señor Isidoro de la C. Villalón, en mérito a los treinta y cuatro años de servicios prestados a la Administración Pública.

Art. 2.0 Comuníquese, publiquese y dése al Registro Oficial.

N. 11366.

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Ministerio de Hacienda

DECRETO N. 28875.

ENERO de 1928

Que autoriza a la Dirección General de Aduanas a otorgar en cada caso el permiso necesario por el término de seis meses a la Compa. ñía Argentina de Navegación (Nicolás Mihanovich) Ltda. para efectuar operaciones de importación en el Alto Paraná con varias embarcaciones de pabellón argentino.

Asunción, Enero 7 de 1928.

Vistos: el escrito presentado por la Compañía Argentina de Navegación (Nicolás Mihanovich) Ltda., en el que solicita permiso por el término de seis meses para efectuar operaciones de importación y exportación en el Alto Paraná, con varias embarcaciones de pabellón ar gentino; los informes de la Dirección General de Aduanas y de la Prefectura General de Puertos y de acuerdo con el artículo 19 del Decreto N. 17376, reglamentario de la Ley de Cabotaje,

El Presidente de la República

DECRETA:

Artículo 1.0 Autorízase a la Dirección General de Aduanas a otorgar en cada caso el permiso necesario, por el término de seis meses, a la Compañía Argentina de Navegación (Nicolás Mihanovich) Ltda. para efectuar operaciones de importación y exportación por los puerto de Cantera, Paranambú, Tacurupucú y Dorila, situados en el Alto Paraná, con los remolcadores "Niko' e "Isyry" y las chatas "Monte Verde" y "Negrita", todos de pabellón argentino, con la prohibición absoluta de efectuar operaciones de cabotaje y remolque de jangadas, bajo la responsabilidad de la Compañía recurrente. Art. 2.0 Antes de obtener el permiso correspondiente a Compañía de Navegación (Nicolás Mihanovich) Ltda. deberá en cada caso prestar previamente fianza a tenor del artículo 247 del Reglamento de Aduanas, de Setiem. bre 16 de 1885, formalizando los depachos y satisfaciendo los derechos una vez que llegue el cargamento a la Aduana habilitada.

Art. 2.0 Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial

N. 11367.

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Por el cual se autoriza a la Di rección General de Correos y Telé. grafos a invertir la suma de $ 686 oro sellado.

Asunción, Enero 7 de 1928.

Vista la nota N. 188 de la Dirección General de Correos y Telégrafos en la que solicita autorización para invertir la suma de $ 686 oro sellado, en la adquisición de 2.000 aisladores de porcelana e igual cantidad de pernos directamente de las fábricas productoras alemanas; el informe de Controlador de Gastos del Anexo B., de conformidad con el artículo 193, Irciso 8.0 de la Ley de Organización Administrativa, y oído el parecer del Cousejo de Ministros.

El Presidente de la República

DECRETA:

Articulo 1.0 Autorízase a la Dirección General de Co rreos y Telégrafos a invertir la suma de ($ 686) seisclentos ochenta y seis pesos oro sellado, en la adquisición de 2.000 aisladores de porcelana e igual cantidad de pernos direct mente de las fábricas productoras Ale.

manas.

Art. 2.0 Páguese su importe, imputárdose esta eroga

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Por el cual se reconoce la perso nería jurídica de la "Asunción Port Concesión corporation" organizada en el Estado de Delaware de los Estados Unidos de América.

Asunción, Enero 7 de 1928.

Vista la presentación del doctor Eduardo Recalde en representación de la "Asunción Port. Concessión Corporatión", solicitando la aprobación y reconocimiento de la personería jurídica de la misma, y el dictamen favorable del señor Fiscal General del Estado,

El Presidente de la República

DECRETA:

Artículo 1.0 Reconócese la personería jurídica de la "Asunción Port. Concessión" organizada en el Estado de Delaware de los Estados Unidos de América y autorízase su funcionamiento en carácter de tal.

Art. 2.0 Comuníquese, publiquese y dése al Registro Oficial.

N. 6973.

Por el cual se nombra empleados del Departamento de Salubridad y Oficina Química Bacteriológica Municipal.

Asunción, Enero 7 de 1928.

Vista la nota N. 4 del Departamento de Salubridad y Oficina Química Bacteriológica Municipal en la que pide el nombramiento del señor farmacéutico Ricardo Brugada Montero como Inspector Nacional de Substancias alimenticias y del doctor Carlos Wohlrab como Químico. (Colaborador Científico) de conformidad con el Decreto N. 28742,

El Presidente de la República
DECRETA:

Artículo 1.0 Nómbranse a los señores farmacéutico Ricardo Brugada Montero y doctor Carlos Wohlrab, Inspector Nacional de Substancias alimenticias y Químico (Colaborador Científico), respectivamente, ambos con antigüedad del 1.0 del corriente mes.

Art. 2.0 Comuníquese. publíquese y dése al Registro Oficial.

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ENERO de 1928

N. 389 de la Manzana "Hovando" de 2 hectáreas 2.000 metros cuadrados, a favor de Juan Cancio Vázquez.

N. 421 de la Manzana "Olegario" de 6 hectáreas, a favor de Victoriano González.

N. 288 de la Manzana "M. Gondra" de 12 hectáreas, a favor de Norberto Aquino.

N. 260 de la Manzana "Potrero-cué" de 6 hectáreas, a favor de Rufino Samudio.

N. 368 de la Manzana "Espinillo" de 3 hectáreas, a favor de Etelvina Torres.

N. 3 de la Manzana "Tacuruty" de 4 hectáreas 6.181 metros cuadrados, a favor de Vicente Paiva.

N. 423 de la Manzana "Olegario" de 12 hectáreas. a favor de Santiago Villalba.

Art. 2.0 Extiéndanse los títulos definitivos de dominio correspondientes.

Art. 3.0 Comuníquese, publiquese y dése al Registro Oficial.

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vor de sus respectivos ocupantes, los siguientes lotes agrícolas:

N. 109. de la Manzana K de la Colonia "Natalicio Talavera", sita en el partido de Mbocayaty, de 13 hectáreas 7.919 metros cuadrados, a favor de Marcos Maidana.

N. 37 de la Colonia "Presidente Franco", sita en el partido de San José, de 5 hectáreas 2.752 metros cuadrados, a favor de Damiano Ozorio.

N. 50 de la Colonia "Presidente Franco", del partido de San José, de 6 hectáreas 5.052 metros cuadrados, a favor de Eloisa Campos de Ojeda.

N. 49 de la Colonia "Presidente Franco" del partido de San José, de 5 hectáreas 3.865 metros cuadrados, a favor de Antonio Ojeda.

N. 4 de la Colonia "Curupayty" del partido de Barrero Grande, de 12 hectáreas, a favor de Pedro González. Art. 2.0 Extiéndanse los títulos definitivos de dominio correspondientes.

Art. 3.0 Comuníquese, publiquese y dése al Registro, Oficial.

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ENERO de 1928

Destacamento Militar de Puerto Casado, para la provisión de materiales, herramientas y útiles necesarios para la prosecución de los trabajos que se están realizando en aquella zona, el presupuesto formulado por la Sección respectiva del Departamento de Administración Militar, y el estado de cuenta N. 4798 de la Contraloría de Gastos del Anexo F; de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 193, Inciso 3.0 de la Ley de Organización Adminis trativa y oído el parecer del Consejo de Ministros,

El Presidente de la República

DECRETA:

Artículo 1.0 Autorízase al Ministerio de Guerra y Marina a invertir hasta la suma de ($ 32.036 cl.), treinta y dos mil treinta y seis pesos moneda nacional de curso legal, en la adquisición de los materiales, herramientas y útiles detallados en el presupuesto formulado por la Sección respectiva del Departamento de Administración Militar y destinados al Destacamento Militar de Puerto Casado.

Art. 2.0 Para el efecto, la Tesorería General de la Nación entregará al expresado Ministerio la suma autorizada con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión.

Art. 3.0 Impútese la erogación a los siguientes rubros del Anexo F., del Presupuesto General de Gastos vigente: Capítulo II, Inciso Unico, Part. 4, Sec. Segunda $ 30.956 cl. Capítulo I, Inciso 1.0, Part. 19, Sec. Segunda $ 1.080 cl.

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Ministerio de Justicia, Culto e Instrucción Pública DECRETO N. 28889.

Que acepta la renuncia del Juez en lo Civil y Comercial de Concepción.

Asunción, Enero 9 de 1928.

Ministerio del Interior DECRETO N. 28887.

Por el cual se autoriza al Departamento General de Policía a inver tir la suma de $ 10.830 curso lega'. Asunción, Enero 9 de 1928.

Vista la nota N. 426 del Departamento General de Policía en la que solicita autorización para efectuar las obras de seguridad necesarias en los calabozos de la Cárcel de Mujeres "El Buen Pastor"; el informe del Controlador de Gastos del Anexo B, y de conformidad con el Art. 193, Inc. 3.0, oído el parecer del Consejo de Ministros,

El Presidente de la República
DECRETA:

Artículo 1.0 Autorízase al Departamento General de Policía a invertir la suma de ($ 10.830 cl.), diez mil ochocientos treinta pesos curso legal, para efectuar las obras necesarias de seguridad en los calabozos de la Cárcel de Mujeres "El Buen Pastor".

Art. 2.0 Páguese su importe, imputándose esta eroga ción al Anexo B., Segunda Sección, Capítulo II, Inciso 2, Partida 3 de la Ley N. 845, Ejercicio 1927 28.

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