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Vistas: la petición iniciada ante el Departamento de Tierras y Colonias por la Comisión de Puentes y Caminos de Caraguatay, solicitando la autorización necesaria para extraer maderas de los montes de la propiedad que fue del señor Pedro T. Rolón, hoy del Estado, ubicada en el Departamento de Caraguatay, para su utilización en la construcción de puentes, alcantarillas, etc., en los caminos públicos; el informe favorable de la Dirección de Bosques y Yerbales y cos derando que los materiales solicitados serán destinados a obras de utilidad pública, de conformidad con el artículo 5 del Decreto N. 9258 de fecha 25 de Enero de 1919,

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(Firmado)

ELIGIO AYALA

Rodolfo González

Ministerio de Guerra y Marina

DECRETO N. 28893.

Que ordena la entrega de la suma de $ 8.000 cl. al Ministerio de Guerra y Marina.

Asunción, Enero 9 de 1928.

Vista la nota del Comando del Regimiento de Infantería N. 2. de 27 de Diciembre del año ppdo., en la que pide la entrega a la Administración de la citada Unidad de la suma de $ 8.000 cl. para cubrir el déficit de la pla nillas de sueldos del personal de la Banda de Músicos de la misma, de Setiembre a Diciembre inclusive del año citado, y siendo atendible el pedido por las consideraciones expuestas en la referida petición y existiendo crédito suficierte en el rubro de "Fondos de Reserva" del Anexo F, del Presupuesto General de Gastos vigente. según el informe N. 3010 de la Contraloría de Gastos de dicho anexo; de conformidad con lo dispuesto en el De creto N. 27876 de fecha 1.0 de Setiembre del precitado año,

El Presidente de la República
DECRETA:

Artículo 1.0 Entréguese por la Tesorería General de la Nación al Ministerio de Guerra y Marina la suma de ($ 8.000 cl.) ocho mil pesos moneda nacional de curso legal, para el pago del importe de la mencionada planilla y con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión.

Art. 2.0 Impútese la erogación al Capítulo VI, Inciso Unico, Partida 1, Sección Segunda del Anexo F, del Presupuesto General de Gastos vigente.

Art. 3.0 Tómese razón, comuníquese, publiquese y dése al Registro Oficial.

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ENERO de 1928

Ministerio de Guerra y Marina DECRETO N. 28894.

Por el cual concede tres meses de permiso al Aspirante a Oficial de Administración señor Alejandro Cristaldo V.

Asunción, Enero 10 de 1928.

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Artículo 1.0 Apruébase la adquisición de forraje hecha por el Ministerio de Guerra y Marina, de los señores Juan Molinas e hijos, para consumo de los ganados al servicio del Ejército Nacional.

Art. 2.0 Påguese a los citados señores la suma de ($ 5.961.20 cl) cinco mil novecientos sesenta y un pesos con veinte certavos moneda nacional de curso legal, importe de la adquisición de 4.258 kilos de alfalfa al precio de $1.40 cl. el kilo.

Art. 3.0 Impútese la erogación a los siguientes rubros del Anexo F, del Presupuesto General de Gastos vigente: Cap. II, Inc. único, Part. 5,

Cap. II, Inc. único, Part. 6

$ 3.325.—cjl.

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2.636.20 cjl.

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Ministerio de Guerra y Marina DECRETO N. 28896.

Que ordena la entrega mensual de $ 1.500 cl. a la Administración de la Escuela de Aviación Militar, para gastos de lavado y planchado de ropas de los alumnos del establecimiento.

Asunción, Enero 10 de 1928.

Vista la nota N. 91 de la Dirección de la Escuela de Aviación Militar, en la que pide se asigne a la mencionada institución la suma de $ 1.500 cl. mensuales para sufragar los gastos de lavado y planchado de ropas de los alumnos, en vista de que la Ley de Presupuesto vigente no fija ninguna dotación para hacer frente a tales erogaciones y siendo atendible el pedido por la consideración apuntada y existiendo crédito suficiente en el rubro de "Fondos de Reserva" del Anexo F, de dicho Presupuesto, según el informe N. 3017 de la Contraloría de Gastos del mismo Anexo; de conformidad con lo dispuesto en el Decreto N. 27876 de fecha 1.0 de Setiembre del año ppdo.,

El Presidente de la República
DECRETA:

Artículo 1.0 A partir del presente mes de Enero, la Tesorería General de la Nación entregará mensualmenta a la Administración de la Escuela de Aviación Militar, la suma de ($ 1.500 cl.) un mil quinientos pesos moneda nacional curso legal, para sufragar los gastos arriba expresados, con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión.

Art. 2.0 Impútese la erogación al Capitulo VI, Inciso único, Part. 1, Sección Segunda del Anexo F, del Presupuesto General de Gastos vigente.

Art. 3.0 Tómese razón, comuníquese, publiquese y dé. se al Registro Oficial. N. 6463.

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Vistos: la cuenta presentada al Ministerio de Guerra y Marina, por el señor Antonio Miró, en representación de la Empresa de Transportes "La Nac ́onal” (S. A.) proveedora de víveres al Ejército Nacional, importe de las provisiones hechas durante el mes de Diciembre del año ppДo., la liquidación practicada por la Sección de Centabilidad del Departamento de Administración Miltar, y el estado de cuenta N. 3023 de la Contraloría de Gastos del Anexo F.. de conformidad con lo dispuesto en el Decreto N. 27.876 de 1.0 de Setiembre último,

El Presidente de la República

DECRETA:

Artículo 1.0 Páguese por la Tesorería General de la Nación a la Empresa de Transportes "La Nacional" (S. A.), la suma de ($ 545.587.61 cl.), quinientos cuarenta y cinco mil quinientos ochenta y siete pesos con

ENERO de 1928

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Artículo 1.0 Acéptase la propuesta presentada por los señores Campos y Cía., para la provisión de 48.000 hojas de papel para sellados en la suma de ($ 420.75 o's ), cuatrocientos veinte pesos con setenta y cinco oro sellado, con cargo a la part. 1. inc. 2.0, cap. 11, sección segunda, anexo D del Presupuesto General de Gastos vigente.

Art. 2.0 Autorízase a la Contaduría General y Dirección del Tesoro a llamar a licitación pública por el término de ocho días la adquisición de 1.952.000 hojas de papel para sellados, de acuerdo al pliego y bases de condiciones que formulará dicha oficina debiendo imputarse la erogación correspondiente al rubro fijado en ei artículo que antecede.

Art. 3.0 Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.

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Ministerio de Justicia, Culto e Instrucción Pública

DECRETO N. 28899.

Que autoriza el pago de la suma de $ 2.170:40 o's., a los señores Klug y Marés (S. A.).

Asunción, Enero 11 de 1928.

Vistos: la cuenta de los señores Klug y Marés (S. A.), presentada al Ministerio de Justicia, Culto e Instrucción Pública, por los materiales proveídos a la Imprenta Nacional, de acuerdo al decreto número 28.604 del Poder Ejecutivo, de fecha 5 de diciembre ppdo., los informes del Director de la Imprenta Nacional y del Controlador de Gastos del anexo E; habiéndose dado cumplimiento a las condiciones establecidas en el contrato respectivo, El Presidente de la República

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Que nombra Delegado del Paraguay a la Segunda Conferencia Internacional de Emigración e Inmigración.

Asunción, Enero 11 de 1928. Habiendo sido aceptada la invitación pasada por el Exmo. Gobierno de la República de Cuba,

El Presidente de la República
DECRETA:

Artículo 1.0 Nómbrase Delegado del Paraguay a la Segunda Conferencia Internacional de Emigración e In migración, a reunirse en la Habana a partir del día 31 de Marzo del corriente año, al señor Cónsul General del Paraguay don Enrique M. Margarit.

Art. 2.0 Comuníquese, publiquese y dése al Registro Oficial. N. 1214.

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ENERO de 1928

Militar para la provisión de papeles y materiales para la confección por los talleres de la misma de 9.000 libretas de enrolamiento y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 192 de la Ley de Organización Administrativa,

El Presidente de la República

DECRETA:

Artículo 1.0 Autorízase al Ministerio de Guerra y Marina a llamar a licitación pública la adquisición de paLeles y materiales para la confección por los talleres de la Imprenta Militar de las mencionadas libretas, de conformidad al pliego de bases y condiciones formulado por el Jefe de la misma.

Art. 2.0 Háganse las publicaciones correspond ́entos en dos diarios de la Capital por el término de quines días.

Art. 3.0 Tómese razón, comuníquese, publiquese v dése al R. Oficial.

N. 6465.

ción Financiera y el informe del Controlador de Gasto; del Anexo E,

El Presidente de la República DECRETA:

Artículo 1.0 Autorízase al Ministerio de Justicia, Culto e I. Pública a disponer mensualmente, a partir del 1.0 de diciembre próximo pasado, de la suma de un mil quinientos pesos de curso legal, ($ 1.500 e1.) para abonar el sueldo del Médico Interno del Hospital Nacional Inc Art. 2.0 Impútese esta erogación a la Part. 1, único, Cap. XVI. Sec. II. Anexo E, de la Ley N. 845, ejercicio 1827,28, que al efecto se refuerza mensualmente con la suma de un mil quinientos pesos de curso legal, con cargo a la Part. 2, Inc. único, Cap. XIV, Sen. II, Anexo E, de la misma Ley.

Art. 30 Comuníquese, publiquese y dése al Registro Oficial.

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Ministerio de Justicia, Cuito e Instrucción Pública DECRETO N. 28904.

Que autoriza el pago de la suma de $ 207.176.88 cll., al señor Victor Monreale.

Asunción, Enero 11 de 1928.

Vistes: la solicitud de pago del señor Víctor Monreale, presentada al Ministerio respectivo, en la que se pide el pago de la suma de $ 207.176.88 el., como cuarta cuota por les trabajos ya realizados y por el importe de los materiales puestos al pié de la obra en construcción del I'abellón de Fisiología de la Facultad de Medicina: la Fiquidación practicada por el Departamento Nacional de Obras Públicas; el informe del Controlador de Gastos del Anexo D,

El Presidente de la República

DECRETA:

Artículo 1.0 Páguese al señor Victor Monreale la suma de pesos doscientos siete mil ciento setenta y seis con ochenta y ocho centavos, de curso legal ($ 207.176.88 el.), como cuarta cuota por las obras ya realizadas en la construcción del Pabellón de Fisiología de la Facultad de Medicina, incluído el costo de los materiales puestos al pié de la obra; de acuerdo a los decretos Nros 27.826 y 27.246 del Poder Ejecutivo.

Art. 2.0 Impútese esta erogación a la partida 6, inciso 3.0, capítulo I, sección II anexo G, de la ley número 845, ejercicio 1927 28.

Art. 3.0 Comuníquese, publiquese y dése al Registro Oficial.

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Ministerio de Hacienda DECRETO N. 28905.

ENERO de 1928

Ministerio del Interior

Que ordena la entrega de la suma de $ 84.100 de curso legal al Departamento Nacional de Obras Públicas para ser entregado al Agrimensor Público señor Juan R. Vázquez.

Asunción, Enero 11 de 1928.

Vistos: el expediente formado por el Agrimensor Público señor Juan R. Vázquez ante el Departamento Nacional de Obras Públicas y elevada al Ministerio de Hacienda, en el que solicita la entrega de la suma de $ $4.100 de curso legal, en concepto de primera cuota a cuenta de los trabajos de mensura y loteamiento de las tierras de Villa Franca, expropiadas en virtud de la ley 678; el informe del Departamento Nacional de Obras Fúblicas y la liquidación practicada por la Contaduría General y Dirección del Tesoro, de acuerdo al Decreto N. 26.065, de fecha 21 de Enero del año en curso,

El Presidente de la República

DECRETA:

Artículo 1.0 Entréguese por la Contaduría General y Dirección del Tesoro al Departamento Nacional de Obras Públicas, la suma de ($ 84.100 cl.), ochenta y cuatro mil cien pesos de curso legal, para ser entregado al Agrimensor Público señor Juan R. Vázquez por el concepto expresado, con cargo al anexo G, Sección Segunda, Cap. I, Inc. IV, Part. 1 de la Ley 845, ejercicio 1927 28.

Art. 2.0 Comuníquese, publiquese y dése al Registro Oficial.

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Por el cual se nombra Comisario Policial de "Nacunday" (Alto Paraná).

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