27 ANUARIO DE Leyes, Decretos y Resoluciones AÑO 1902 (EDICION OFICIAL) LA PAZ IMP. ARTÍSTIca-Velarde, ALDAZOSA Y Ca. 1903 Decreto Supremo de 2 de Enero Ley de Policía Rural.-Se señala término máximo, para los efectos del artículo 2.° de dicha ley. JOSE MANUEL PANDO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Considerando: Que la Ley de Policía Rural sancionada por la última legislatura y promulgada en 22 de noviembre último, prescribe la convocatoria á Asamblea de Propietarios, para la primera quincena del mes de diciembre de cada año. Que esta prescripción no ha podido ser cumplida en los distintos departamentos de la República, por no haber sido conocida en su oportunidad á causa de la distancia. Que es necesario procurar el inmediato cumplimiento de sus disposiciones, dando las facilidades ne cesarias. En uso de la facultad que me confiere el inciso 5.° del artículo 89 de la Constitución Política. Decreto: Artículo 1.°-Para los efectos del artículo 2.° de la Ley de Policía Rural, se señala el término máximo de quince días, contados desde la época en que hayan |