Proyectos de Ley de la H. Cámara de Diputados, Nide 1Editorial La Paz., 1904 |
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Sivu 21
... fijará las condiciones de la in- demnización la municipalidad ó comisión auxiliar , prévio infor- me de peritos nombrados al efecto . Art . 26. Nadie podrá hacer calicatas en busca de aguas subterráneas en terrenos de propiedad ...
... fijará las condiciones de la in- demnización la municipalidad ó comisión auxiliar , prévio infor- me de peritos nombrados al efecto . Art . 26. Nadie podrá hacer calicatas en busca de aguas subterráneas en terrenos de propiedad ...
Sivu 23
... fijará plazo para la conclusión de éstos , pero el concesionario no podrá suspenderlos por más de cuatro me- ses , bajo pena de caducidad , á no mediar fuerza mayor . 3 En lugar de la zona de que habla el artículo 30 , se marcará otra ...
... fijará plazo para la conclusión de éstos , pero el concesionario no podrá suspenderlos por más de cuatro me- ses , bajo pena de caducidad , á no mediar fuerza mayor . 3 En lugar de la zona de que habla el artículo 30 , se marcará otra ...
Sivu 32
... fijará por un perito nombrado por ca- da parte y tercero en caso de discordia , según el derecho co- Art . 83 . El gobierno completará el estudio general de los ríos , para señalar con acierto los puntos donde convengan obras de ...
... fijará por un perito nombrado por ca- da parte y tercero en caso de discordia , según el derecho co- Art . 83 . El gobierno completará el estudio general de los ríos , para señalar con acierto los puntos donde convengan obras de ...
Sivu 40
... fijará según la naturaleza y configuración del terreno , la anchura que debe tener la acequia y sus márgenes , de conformidad con el artículo 106 . Art . 131 . A la servidumbre forzosa de acueducto , es inherente el derecho de paso por ...
... fijará según la naturaleza y configuración del terreno , la anchura que debe tener la acequia y sus márgenes , de conformidad con el artículo 106 . Art . 131 . A la servidumbre forzosa de acueducto , es inherente el derecho de paso por ...
Sivu 41
... fijara según el artículo 123 cuando no hubiesen restos y vestigios antiguos que la comprueben . Art . 138. La concesión de la servidumbre legal de acue- ductos sobre los predios ajenos , caducará si dentro del plazo que hubiese fijado ...
... fijara según el artículo 123 cuando no hubiesen restos y vestigios antiguos que la comprueben . Art . 138. La concesión de la servidumbre legal de acue- ductos sobre los predios ajenos , caducará si dentro del plazo que hubiese fijado ...
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13 de Setiembre 23 de Agosto acequias acueducto Agosto de 1904 aguas públicas amortización aprovechamiento Artículo 1º autorización Benedicto Berthin h Bolivia bolivianos bonos Cámara de Diputados Cámara de Diputados.-La capital Chapare ción Cochabamba Código Comisión de Administración Comisión de Constitución Comisión de Hacienda Comisión de Industria Comisión de Justicia Comisión.-La Paz Comuníquese concederá concesión concesionario Congreso Nacional DECRETA consideraciones conventos D. S.
H. Cámara D. S.-Atiliano Aparicio debate el H debe declaración Departamento Departamento de Cochabamba derecho deroga Diputados.-La Paz Escobari establece expropiación fiscales impuesto indemnización intereses J. M. Suárez hijo Judicial jueces Juez Julio Zamora Municipal obras Ochávez Octubre Oruro pago Pdte perjuicio Poder Ejecutivo Política pozos artesianos Presupuesto previa propiedad propietarios propone provincia Proyecto de bey regantes reglamento República respecto riego ríos y arroyos Sanjinés Secretaría Secretario servicio servidumbre Setiembre de 1904 Setiembre de 1904.-Imprímase siguiente Sostiene el debate Supremo terrenos tículo tiembre tribunales tubre
Suositut otteet
Sivu 36 - El derecho de acueducto comprende el de llevarlo por un rumbo que permita el libre descenso de las aguas, y que por la naturaleza del suelo no haga excesivamente dispendiosa la obra.
Sivu 34 - ... superiores, así como la tierra ó piedra que arrastran en su curso. Ni el dueño del predio inferior puede hacer obras que impidan esta servidumbre, ni el del superior obras que la agraven.
Sivu 39 - Si la servidumbre fuese temporal, se abonará previamente al dueño del terreno el duplo del arriendo correspondiente á la duración del gravamen por la parte que se le ocupa, con la adición del importe de los daños y desperfectos para el resto de la finca, incluso los que procedan de su fraccionamiento por interposición de la acequia.
Sivu 24 - Ayuntamientos, ó ya por su consentimiento tácito, no se podrá alterar el curso de aquellas aguas, ni impedir la continuación del aprovechamiento sino por causa de utilidad pública debidamente justificada, y previa indemnización de daños y perjuicios. Cuando temporalmente deje de haber sobrantes por causa de mayor...
Sivu 27 - Cuando un río navegable y flotable, variando naturalmente de dirección, se abra un nuevo cauce en heredad privada, este cauce entrará en el dominio público. El dueño de la heredad lo recobrará siempre que las aguas volviesen á dejarlo en seco, ya naturalmente, ya por trabajos legalmente autorizados al efecto.
Sivu 32 - Fomento podrá obligar á todos los propietarios á que costeen colectivamente las obras destinadas al efecto, siempre que esté conforme la mayoría, entendiéndose por tal los que representen mayor extensión de terreno saneable.
Sivu 42 - Extinguida una servidumbre temporal de acueducto por el transcurso del tiempo y vencimiento del plazo, el dueño de ella tendrá solamente derecho á aprovecharse de las cosas á su primitivo estado.
Sivu 59 - Cuando existan aprovechamientos en uso de un derecho reconocido y valedero, solamente cabrá nueva concesión en el caso de que del aforo de las aguas en años ordinarios resultare sobrante el caudal que se solicite, después de cubiertos completamente los aprovechamientos existentes.
Sivu 19 - El dominio de las aguas minero-medicinales se adquiere por los mismos medios que el de las aguas superficiales y subterráneas, siendo del dueño del predio en que nacen si las utiliza, ó del descubridor si las diese aplicación, con sujeción á los reglamentos sanitarios.
Sivu 69 - Conocer de las cuestiones de hecho que se susciten sobre el riego entre los interesados en él. 2.