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Los puntos más importantes sobre los que debe recaer su valiosa información, serían los siguientes:

1.—Desenvolvimiento de la instrucción pú· blica en ese Distrito.

2.-Organización de la enseñanza, métodos que se siguen y sus resultados.

3.-Establecimientos fiscales, municipales y particulares existentes en el Distrito.

4.-Escuelas primarias de varones y mujeres existentes en el Distrito: número y calidad de ellas; número de alumnos y alumnas que se educan, determinando por provincias y por la capital

5.-Colegios primarios de niños y de niñas, forma y conveniencia de su desarrollo.

6. Escuelas de enseñanza especial; su número, objeto y cuáles conviene plantear.

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7. Establecimientos de segunda enseñanza oficiales y particulares, número de alumnos determinado por cursos.

8.-Establecimientos de enseñanza facultativa, su clase y condición: número de alumnos. según los cursos y observaciones á que se preste su actual organización.

9.-Locales que ocupan los establecimientos de instrucción y sus condiciones, locales propios y alquilados.

10.-Adquisición y reparación de edificios,

cantidades aproximadas que se necesitarían para esos objetos en cada provincia y lugares en que deben adquirirse.

11.-Muebles, útiles y material escolar existente en los diversos establecimientos de instrucción y los que deben adquirirse, indicando el costo aproximado.

12. Personal docente, sus condiciones actuales en los diversos grados de enseñanza y medios de mejorarlo.

13. Consejos Universitarios y forma en que funcionan.

14.-Matrícula, inscripción y medios de ga

rantizarlas.

15.-Disciplina y penalidad escolar; su aplicación actual y medios de correcta aplicación.

16.-Directores sin cátedra y Regentes de estudios; servicios que prestan y su utilidad.

17. Reglamento interior de colegios: Consejos de profesores, cómo funcionan y sus resultados.

18.-Programas y horarios escolares; manera cómo cumplen y observaciones sugeridas por la práctica.

19.-Exámenes semestrales, forma cómo se realizan y sus resultados.

20.-Exámenes finales, forma cómo se realizan y sus resultados.

21.-Exámenes generales ó de bachillerato y observaciones á que dieren lugar.

22.-Exámenes de grados universitarios y observaciones á que dieren lugar.

23.-Exámenes de práctica forense, condiciones en que se realizan y observaciones que sugieran.

24. Interrogatorios y observaciones que sugieran.

25. Tribunales examinadores, votaciones y observaciones á que se presten.

26. Becas gratuitas, premios escolares y sus efectos prácticos.

27. Reformas de instrucción y medidas tendentes al mejoramiento de ella, que convenga indicar.

28. Textos de enseñanza forma y garantías para su adopción.

29.-Pensionados en el extranjero, indicaciones y juicios á que dieren lugar.

Debo advertir á usted que para simplificar los datos debe ese Rectorado expresarlos, en cifras aproximadamente calculadas, según los informes que recoja y aprecie por sí, sin recargo. de relaciones.

Confiando en que ese Rectorado se ha de penetrar de la necesidad de recoger todos los datos indicados y trasmitirlos en forma lacónica y sencilla al Ministerio de Instrucción, me es hon

roso reiterarle la estimación con que me suscri

bo de usted muy

Atento

Servidor.

J. M. Saracho.

Informen los Rectores sobre la

cuenta trimestral de gastos de escritorio que se
hacen en las escuelas fiscales.

MINISTERIO DE JUSTICIA É INSTRUCCION.-La Paz, 4 de abril de 1906.

Circular N° 82.

Al señor Rector del Distrito Universitario de....

Señor:

Habiéndose asignado en el Presupuesto Nacional vigente sumas destinadas para gastos de escritorio de las Escuelas Fiscales y que se cargan en los presupuestos mensuales, se hace necesario conocer la manera como se invierten por los respectivos profesores.

En este sentido y para evitar irregularidades, insinúo á usted se sirva prevenir á cada uno de los profesores del Distrito de su dependencia, rindan trimestralmente ante ese Rectorado cuenta documentada de la cuota de gastos de escritorio que se les paga en cada presupuesto, y de lo que se servirá usted informar á este Ministerio.

Saludo á usted como su atento

Servidor.

J. M. Saracho.

Se remite a los Rectorados copia legalizada

del Supremo Decreto que establece la Matrícula
Nacional de Profesores.

MINISTERIO DE JUSTICIA É INSTRUCCIÓN. -La Paz, 11 de abril de 1906.

Circular N° 83.

Al señor Rector del Distrito Universitario de....

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