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Con toda consideración, saludo á usted y

me repito su atento

Servidor.

J. M. Saracho,

Remítese á los Rectorados, copia

legalizada del Supremo Decreto Reglamentario sobre las condiciones y formalidades necesarias para el ejercicio del profesorado en la República.

MINISTERIO DE JUSTICIA É INSTRUCCIÓN.-La Paz, 19 de mayo de 1906.

Circular N° 87.

Al señor Rector de la Universidad de......

Señor:

1

Adjunto al presente oficio tengo el agrado de remitir á usted en copia legalizada, el Supremo Decreto Reglamentario de 3 de los corrientes,

que determina las condiciones y formalidades que son necesarias para el ejercicio del profesorado en el territorio de la República.

Dicho Reglamento á parte de estar de perfecto acuerdo con los propósitos de la Ley de 17 de diciembre de 1904, es el fruto de la cuidadosa observación que, sobre tan importante materia ha recogido el Ministerio.

Para dignificar la carrera de la enseñanza, es necesario rodear al profesorado de todas las facilidades y garantías que le acuerda nuestra Constitución Política, objeto al que responde la nueva reglamentación.

Recomendando al Rectorado de su digno cargo el cumplimiento de lo dispuesto, y con toda consideración, me repito de usted muy atento.

Servidor

J. M. Saracho.

1

Remítese á los Rectorados el

Supremo Decreto Reglamentario para obtener el premio asignado á los que se dedican á la instruc

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MINISTERIO DE JUSTICIA É INSTRUCCIÓN.-La

* Paz, 21 de mayo de 1906.

Circular No. 88.

señor Rector del
Rector del Distrito Universitario

Al señor

de......

Señor:

Es indiscutible é inaplazable la necesidad de extender el beneficio de la cultura y de la instrucción a la numerosa clase indígena, que puebla el territorio de la República, dando á ese objetivo toda la extensión que tiene y comprendiendo en él á todos los originarios del país, que no hablan el idioma castellano. Mientras ésta gran labor no se plantee y comience á realizarse,

con el apoyo decidido del pueblo y de los poderes públicos de la Nación, se puede asegurar que muy poco se habrá hecho por la cultura y por el progreso popular, que deben preceder ó cuando menos marchar paralelamente con el progreso industrial y comercial, que comienza á acentuarse y se desarrollará en grande escala con las líneas férreas próximas á construirse y á cruzar nuestro suelo.

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El Congreso Nacional de 1905, inspirado en esas convicciones y además de haber votado partidas considerables para la fundación de escuelas primarias oficiales en todo el territorio de la República, ha conceptuado indispensable estimular el trabajo y la inciativa particular y por eso ha dictado la sabia y benéfica Ley de 11 de diciembre (último, que concede el premio de veinte bolivianos por alumno, á todo individuo `que hubiere establecido de su cuenta una escuela de primeras letras para indígenas de cualquier sexo y dádoles la enseñanza rudimental que señala.

1

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Para el cumplimiento de esa ley era indis pensable la reglamentación que contiene el Snpremo Decreto, que tengo el agrado de remitirle adjunto. El Ministério de mi cargo ha creido que, en los términos sencillos de la reglamentación, está desarrollado todo el pensamiento le

gislativo, rodeándolo de las garantías y medios necesarios para su fiel ejecución.

El señor Presidente de la República, cuyo anhelo por el progreso nacional es tan manifiesto y efectivo, me encarga recomendar á usted, y por su digno órgano á todas las autoridades políticas, que estimulen, eficazmente, á cuantos ciudadanos aptos quieran dedicarse á la enseñanza de indígenas que no hablan castellano, de cualquier raza y sexo que sean, asegurándoles que el premio fijado por la ley será abonado, sin demora, una vez llenados los requisitos que fija el adjunto Reglamento.

Muy de desear sería que los patrones de fincas y propiedades rurales, se interesaran en hacer que los colonos aprovechen de los beneficios de la ley, estableciendo maestros que no les serían onerosos, puesto que el premio anual por la enseñanza de unos pocos alumnos compensaría su trabajo. El Ministerio, por su parte, está dispuesto á facilitar el material escolar más indispensable que tiene adquirido y que adquirirá en mayor cantidad para dotar á los maestros ambulantes, cuyo funcionamiento comenzará á ensayarse en breve.

Para que el presente oficio y la reglamentación á que se refiere sean conocidos por el mayor número, se ha hecho de ellos una edición abun-.

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