Anuario legislativo de ...Impr. Artística Castillo y C., 1905 |
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Sivu 9
... Supremo Gobierno en La Paz , á los 28 días del mes de Septiembre de 1905 años . ISMAEL MONTES . D. del Castillo , Ministro de Hacienda é Industria . Ley de 2 de Octubre de 1905 EJÉRCITO NACIONAL . 2 LEYES SANCIONADAS 9.
... Supremo Gobierno en La Paz , á los 28 días del mes de Septiembre de 1905 años . ISMAEL MONTES . D. del Castillo , Ministro de Hacienda é Industria . Ley de 2 de Octubre de 1905 EJÉRCITO NACIONAL . 2 LEYES SANCIONADAS 9.
Sivu 10
Bolivia. Ley de 2 de Octubre de 1905 EJÉRCITO NACIONAL . - Se autoriza al Ejecutivo para mantener en La Paz , los cuerpos del Ejército que crea convenientes . ISMAEL MONTES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA . Por cuanto el ...
Bolivia. Ley de 2 de Octubre de 1905 EJÉRCITO NACIONAL . - Se autoriza al Ejecutivo para mantener en La Paz , los cuerpos del Ejército que crea convenientes . ISMAEL MONTES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA . Por cuanto el ...
Sivu 11
Bolivia. Palacio de Gobierno en La Paz , á 2 de Octubre de 1905 . ISMAEL MONTES . José S. Quinteros . Ley de 30 de Septiembre de 1905 CORTES DE DISTRITO . - Seguirán funcionando con la jurisdicción que la ley les atribuye . ISMAEL MONTES ...
Bolivia. Palacio de Gobierno en La Paz , á 2 de Octubre de 1905 . ISMAEL MONTES . José S. Quinteros . Ley de 30 de Septiembre de 1905 CORTES DE DISTRITO . - Seguirán funcionando con la jurisdicción que la ley les atribuye . ISMAEL MONTES ...
Sivu 12
Bolivia. Palacio del Supremo Gobierno en La Paz , á 30 de Septiembre de 1905 años . ISMAEL MONTES . Juan M. Saràcho , Ministro de Justicia é Instrucción . Ley de 3 de Octubre de 1905 PROCEDIMIENTO CRIMINAL . - Se deroga el artículo 160 ...
Bolivia. Palacio del Supremo Gobierno en La Paz , á 30 de Septiembre de 1905 años . ISMAEL MONTES . Juan M. Saràcho , Ministro de Justicia é Instrucción . Ley de 3 de Octubre de 1905 PROCEDIMIENTO CRIMINAL . - Se deroga el artículo 160 ...
Sivu 13
... Octubre de 1905 años . ISMAEL MONTES . Juan M. Saracho , Ministro de Justicia é Instrucción . Ley de 3 de Octubre de 1905 NOTARÍAS . - Créanse , una de 2.a clase en el Azero y otra de 3.a clase en la Villa Azurduy . ISMAEL MONTES ...
... Octubre de 1905 años . ISMAEL MONTES . Juan M. Saracho , Ministro de Justicia é Instrucción . Ley de 3 de Octubre de 1905 NOTARÍAS . - Créanse , una de 2.a clase en el Azero y otra de 3.a clase en la Villa Azurduy . ISMAEL MONTES ...
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20 de Octubre 25 de Noviembre 25 de Septiembre 9 de Diciembre Adelio del Castillo Aníbal Capriles Artículo único.-Se Atiliano Aparicio BENJAMIN CALDERÓN Bolivia bolivianos Cámara de Diputados cantón Casto Rojas centavos ción Cochabamba Comisión de Jus Comuníquese al Poder CONGRESO NACIONAL DECRETA CONGRESO NACIONAL RESUELVE Constitución Política Cúmplase con arreglo Departamento de Tarija deroga Diciembre de 1905 Domingo Leigue ELIODORO VILLAZÓN fines constitucionales id id ISMAEL MONTES PRESIDENTE José Carrasco Justicia é Instrucción kilo legajo Ministro de Justicia MOISÉS ASCARRUNZ MONTES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL Nacional ha sancionado Nicolás Burgoa Nº de orden Noviembre de 1905 Octubre de 1905 orden AUTORES Oruro pagarán Palacio del Supremo Pendiente Poder Ejecutivo Presupuesto promulgo provincia Proyectos é Infor República Resolución Sala de sesiones sancionado la siguiente Saracho SENADO NACIONAL RESUELVE Senador Secretario Septiembre de 1905 sesiones del Congreso sesiones del H sesiones del Senado tenga y cumpla tículo VENANCIO JIMÉNEZ
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Sivu 10 - I/ey de 15 deSe itr'cn li de 1905 ISMAEL MONTES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA. Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley: EL CONGRESO NACIONAL DECRETA: Artículo único.— Se fija en dos mil cuatrocientas treinta plazas el número de la fuerza pública, para la gestión de 1906...
Sivu 120 - Los días de fiesta durante el año son: los domingos del año, el 1.° de enero, lunes, martes y miércoles de Carnaval, los tres últimos de la Semana Santa, Corpus, la Inmaculada Concepción, la Natividad, el 1.° y el 2 de noviembre y el 6 de Agosto".
Sivu 7 - ISMAEL MONTES, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA. Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley. EL CONGRESO NACIONAL DECRETA: Artículo único. — Se declara la necesidad de la reforma del...
Sivu 94 - Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio del Supremo Gobierno, en La Paz, a los 24 días del mes de Octubre de 1912.
Sivu 95 - Contratará y ejecutará igualmente, la construcción del ferrocarril de La Paz á Puerto Pando, empleando como garantía ó en otra forma, la cantidad proveniente del aumento sobre el impuesto departamental de la coca de La Paz y quinientos mil bolivianos [Bs. 500,000] anuales de la renta nacional de alcoholes, fondos que se asignan á dicho ferrocarril hasta su conclusión.
Sivu 28 - Art. 17. Las materias de que se ocupa la presente ley, quedan sometidas exclusivamente á la jurisdicción del Ministerio de Colonias que mandará llevar por el Notario de Gobierno y Hacienda un registro especial de las adjudicaciones de tierras del Estado. Art. 18. Quedan en vigencia todas las leyes .que no estén en oposición con la presente. Art. 19. Se atribuye al Ejecutivo...
Sivu 52 - ISMAEL MONTES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA. Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley: EL CONGRESO NACIONAL DECRETA: Artículo 1° — El Registrador de Derechos Reales, tendrá el mismo sueldo que un Juez de Partido.
Sivu 26 - Toda concesión se fijará en superficies cuadradas en lo posible agrupando las hectáreas y evitando que ellas sean ubicadas en zonas, en que las hectáreas no sean sucesivas. Art. 8.
Sivu 26 - Ar. 9° — Las tierras baldías destinadas á centros de inmigración extranjera, establecimientos públicos, poblaciones, caminos y á su distribución entre los indígenas, no serán adjudicables, sino, previa aprobación del legislativo. El Ejecutivo presentará el plano y ubicación de estas tierras. Art.
Sivu 125 - 4° de los autos interlocutorios que se dictaren durante la sustanciación, de los juicios ordinarios, cuando ellos ocasionen gravamen ó perjuicio de difícil reparación; 5° de los autos que resuelvan las tercerías interpuestas como incidentes en los juicios ejecutivos; 6° de los autos interlocutorios ó sentencias definitivas dictadas en el juicio de concurso necesario ó voluntario; 7° de las sentencias definitivas ó ínterlocutorias dadas en los juicios de desahucio".