Anuario legislativo de ... |
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Sivu 23
Con esta operación se dará cuenta á la autoridad respectiva para que la
apruebe y se inscriba la concesión en los respectivos Registros . Art . 6o - El
Gobierno reservará las tierras baldías LEYES SANCIONADAS 23.
Con esta operación se dará cuenta á la autoridad respectiva para que la
apruebe y se inscriba la concesión en los respectivos Registros . Art . 6o - El
Gobierno reservará las tierras baldías LEYES SANCIONADAS 23.
Sivu 26
... las leyes que no estén en oposición con la presente . Art . 19 . — Se atribuye al
Ejecutivo y á los Delegados Nacionales en su respectiva circunscripción
territorial , la facultad de vender las tierras baldías , confor . me á las
prescripciones de ...
... las leyes que no estén en oposición con la presente . Art . 19 . — Se atribuye al
Ejecutivo y á los Delegados Nacionales en su respectiva circunscripción
territorial , la facultad de vender las tierras baldías , confor . me á las
prescripciones de ...
Sivu 29
Dentro de los seis meses de firmada la escritura respectiva , se practicará el
reconocimiento de los estudios preliminares , debiendo someterse á la apro .
bación del Supremo Gobierno , cuando más tarde á los dos años de la misma
fecha de ...
Dentro de los seis meses de firmada la escritura respectiva , se practicará el
reconocimiento de los estudios preliminares , debiendo someterse á la apro .
bación del Supremo Gobierno , cuando más tarde á los dos años de la misma
fecha de ...
Sivu 55
... Mecánicos , Industriales , Químicos y Agrícolas ; los Arquitectos y
Agrimensores que se propongan ejercer su profesión en territorio boliviano ,
están obligados á presentar al Mi . nisterio de Instrucción , solicitando la
respectiva autorización ...
... Mecánicos , Industriales , Químicos y Agrícolas ; los Arquitectos y
Agrimensores que se propongan ejercer su profesión en territorio boliviano ,
están obligados á presentar al Mi . nisterio de Instrucción , solicitando la
respectiva autorización ...
Sivu 56
Art . 2o - Concedida la autorización el Supremo Gohierno fijará en cada caso la
patente prudencial respectiva : no pudiendo ser inferior de cincuenta bolivia :
nos , ni superior de cien bolivianos , y expedirá un di . ploma en provisión
nacional .
Art . 2o - Concedida la autorización el Supremo Gohierno fijará en cada caso la
patente prudencial respectiva : no pudiendo ser inferior de cincuenta bolivia :
nos , ni superior de cien bolivianos , y expedirá un di . ploma en provisión
nacional .
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9 de Diciembre Agosto Aníbal Capriles Atiliano Aparicio AUTORES autoriza BENJAMIN CALDERÓN Bolivia bolivianos Cámara de Diputados cantón capital centavos ciento ción ciudad Civil clase Comisión Comuníquese al Poder conforme CONGRESO NACIONAL DECRETA Constitución Política crea Cúmplase con arreglo debiendo Departamento derecho deroga destino días Diciembre de 1905 efectos ELIODORO VILLAZÓN Enero establece ferrocarril fija fines constitucionales Fomento Impreso impuesto Informes ISMAEL MONTES PRESIDENTE José Carrasco jubilación Junta kilo legajo libre minas Ministro MONTES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL Municipal Nacional ha sancionado Nicolás Burgoa Noviembre de 1905 número OBJETO OBSERVACIONES Octubre de 1905 orden pagarán Palacio del Supremo Patentes Pendiente Poder Ejecutivo presente Presupuesto primera Procedimiento promulgo provincia Proyectos público puerto queda relativa República Resolución respectiva Sala de sesiones sancionado la siguiente Saracho sección Senador Secretario Septiembre de 1905 servicio sesiones del Congreso sesiones del H suma tenga y cumpla término timbre trabajo VENANCIO JIMÉNEZ
Suositut otteet
Sivu 10 - I/ey de 15 deSe itr'cn li de 1905 ISMAEL MONTES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA. Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley: EL CONGRESO NACIONAL DECRETA: Artículo único.— Se fija en dos mil cuatrocientas treinta plazas el número de la fuerza pública, para la gestión de 1906...
Sivu 120 - Los días de fiesta durante el año son: los domingos del año, el 1.° de enero, lunes, martes y miércoles de Carnaval, los tres últimos de la Semana Santa, Corpus, la Inmaculada Concepción, la Natividad, el 1.° y el 2 de noviembre y el 6 de Agosto".
Sivu 7 - ISMAEL MONTES, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA. Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley. EL CONGRESO NACIONAL DECRETA: Artículo único. — Se declara la necesidad de la reforma del...
Sivu 94 - Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio del Supremo Gobierno, en La Paz, a los 24 días del mes de Octubre de 1912.
Sivu 95 - Contratará y ejecutará igualmente, la construcción del ferrocarril de La Paz á Puerto Pando, empleando como garantía ó en otra forma, la cantidad proveniente del aumento sobre el impuesto departamental de la coca de La Paz y quinientos mil bolivianos [Bs. 500,000] anuales de la renta nacional de alcoholes, fondos que se asignan á dicho ferrocarril hasta su conclusión.
Sivu 28 - Art. 17. Las materias de que se ocupa la presente ley, quedan sometidas exclusivamente á la jurisdicción del Ministerio de Colonias que mandará llevar por el Notario de Gobierno y Hacienda un registro especial de las adjudicaciones de tierras del Estado. Art. 18. Quedan en vigencia todas las leyes .que no estén en oposición con la presente. Art. 19. Se atribuye al Ejecutivo...
Sivu 52 - ISMAEL MONTES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA. Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley: EL CONGRESO NACIONAL DECRETA: Artículo 1° — El Registrador de Derechos Reales, tendrá el mismo sueldo que un Juez de Partido.
Sivu 26 - Toda concesión se fijará en superficies cuadradas en lo posible agrupando las hectáreas y evitando que ellas sean ubicadas en zonas, en que las hectáreas no sean sucesivas. Art. 8.
Sivu 26 - Ar. 9° — Las tierras baldías destinadas á centros de inmigración extranjera, establecimientos públicos, poblaciones, caminos y á su distribución entre los indígenas, no serán adjudicables, sino, previa aprobación del legislativo. El Ejecutivo presentará el plano y ubicación de estas tierras. Art.
Sivu 125 - 4° de los autos interlocutorios que se dictaren durante la sustanciación, de los juicios ordinarios, cuando ellos ocasionen gravamen ó perjuicio de difícil reparación; 5° de los autos que resuelvan las tercerías interpuestas como incidentes en los juicios ejecutivos; 6° de los autos interlocutorios ó sentencias definitivas dictadas en el juicio de concurso necesario ó voluntario; 7° de las sentencias definitivas ó ínterlocutorias dadas en los juicios de desahucio".