Anuario legislativo de ...Impr. Artística Castillo y C., 1907 |
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Sivu 3
... Ejército Nacional . — Autorización al Poder Ejecutivo , para man- tener en esta ciudad durante las sesiones del actual Congreso , los cuerpos del Ejército que crea necesarios- ISMAEL MONTES , PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA ...
... Ejército Nacional . — Autorización al Poder Ejecutivo , para man- tener en esta ciudad durante las sesiones del actual Congreso , los cuerpos del Ejército que crea necesarios- ISMAEL MONTES , PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA ...
Sivu 4
Bolivia. las sesiones del presente Congreso , los cuerpos del Ejército de línea que crea necesarios . Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines Constitucionales . Sala de Sesiones del Congreso Nacional . La Paz , Agosto 13 de 1906 ...
Bolivia. las sesiones del presente Congreso , los cuerpos del Ejército de línea que crea necesarios . Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines Constitucionales . Sala de Sesiones del Congreso Nacional . La Paz , Agosto 13 de 1906 ...
Sivu 31
... diendo en esa cifra el Ejército de línea , las guar- niciones Departamentales , las de los Territorios de Colonias y los fortines de la República . ⠀ 2 Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales . LEYES SANCIONADAS 31.
... diendo en esa cifra el Ejército de línea , las guar- niciones Departamentales , las de los Territorios de Colonias y los fortines de la República . ⠀ 2 Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales . LEYES SANCIONADAS 31.
Sivu 146
... cumpla como ley de la República . Palacio del Supremo Gobierno en La Paz , á los 17 días del mes de Enero de mil novecientos siete años . ISMAEL MONTES . D. del Castillo . Ley de 16 de Enerode 1907 . Ejército . - 146 LEYES SANCIONADAS.
... cumpla como ley de la República . Palacio del Supremo Gobierno en La Paz , á los 17 días del mes de Enero de mil novecientos siete años . ISMAEL MONTES . D. del Castillo . Ley de 16 de Enerode 1907 . Ejército . - 146 LEYES SANCIONADAS.
Sivu 147
Bolivia. Ley de 16 de Enerode 1907 . Ejército . - Ley de servicio Militar ISMAEL MONTES , PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA . Por cuanto el Congreso Nacional ha san- cionado la siguiente ley : EL CONGRESO NACIONAL Decreta la ...
Bolivia. Ley de 16 de Enerode 1907 . Ejército . - Ley de servicio Militar ISMAEL MONTES , PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA . Por cuanto el Congreso Nacional ha san- cionado la siguiente ley : EL CONGRESO NACIONAL Decreta la ...
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11 de Diciembre 29 de Octubre 30 de Noviembre Agosto de 1906 Aníbal Capriles Anuario Aplazado Artículo único.-Se Aurelio Gamarra AUTORES OBJETO OBSERVACIONES autoriza BERTHIN H Cámara de Diputados cantones Careaga Lanza Casto Rojas Chapare ciembre cienda cionado la siguiente Cochabamba Comisión de Cons Comuníquese al Poder CONGRESO NACIONAL Decreta CONGRESO NACIONAL Resuelve consigne Cúmplase con arreglo Departamento Departamento de Tarija Diciembre de 1906 Diputado Secretario escuelas fiscales fines constitucionales consiguientes Gobierno.-La Paz González Duarte impuesto ISAAC ARANIBAR ISMAEL MONTES José Carrasco Junta Municipal lítica mil bolivianos mil novecientos seis Noviembre de 1906 Octubre de 1906 Oruro Palacio de Gobierno.-La Palacio del Supremo Poder Ejecutivo Potosí PRESIDENTE CONSTITUCIONAL prestación vial promulgo Provincia RAFAEL BERTHIN rango de ciudad Relativo República Resolución Legislativa Sala de sesiones Saracho SENADO NACIONAL Resuelve Senador Secretario Septiembre de 1906 servicio sesiones del Congreso sesiones del H suma de Bs Tarija tenga y cumpla VALENTÍN ABECIA VILLALOBOS
Suositut otteet
Sivu 175 - El Ejecutivo reglamentará la presente ley Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales Sala de sesiones del H.
Sivu 211 - Senador Secretario. Cúmplase con arreglo á la Constitución Política del Estado. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, á los 29 días del mes de Septiembre de 1906.
Sivu 115 - Entender en todo lo que se relaciona con el ejercicio legal de la medicina y farmacia en todos sus ramos. III. — Formular los reglamentos sanitarios y administrativos que sean precisos. IV. — Informar ante el Ministerio de Gobierno, en todo lo relativo á asuntos de sanidad é higiene; y ante el de Instrucción en lo referente al ejercicio de la medicina y farmacia con todos sus ramos.
Sivu 129 - ISMAEL MONTES Presidente Constitucional de la República Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley: EL CONGRESO NACIONAL, Decreta: . ;, Artículo 1°...
Sivu 170 - ... partidas de gastos fijos, por leyes de efectos permanentes, i las que alteren los sueldos o los gastos establecidos en leyes especiales, se considerarán como proyectos de lei, que se discutirán i tramitarán como una lei independiente de la de presupuestos. Cuando las exijencias estraordinarias del servicio público demanden un aumento en la planta de empleados fijada por una lei permanente, se consultará el gasto entre las partidas variables del presupuesto. Cuando la Cámara revisora introdujere...
Sivu 114 - Dirección General de Sanidad Pública", que tendrá á su cargo la superintendencia de los servicios nacionales de higiene, salubridad y asistencia Pública; y que será desempeñada por un médico, con el título de "Director General", y el número suficiente de empleados; teniendo por principales atribuciones las siguientes: I. — Velar...
Sivu 22 - ISMAEL MONTES, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL, DE LA REPÚBLICA. Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley: EL CONGRESO NACIONAL Decreta: Artículo único. — Se deroga el fuero eclesiástico. Los asuntos comunes sean civiles ó penales de los eclesiásticos, quedan sometidos á los tribunales ordinarios. Comuniqúese a' Poder Ej cutivo para los fines constitucionales.
Sivu 213 - Secretario. Cúmplase con arreglo á la Constitución Política del Estado. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, á los 29 días del mes de Septiembre de 19CHJ años.
Sivu 39 - Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio del Supremo Gobierno, en La Paz, a los 24 días del mes de Octubre de 1912.
Sivu 311 - Demandada la separación de bienes, el juez, á petición de la mujer, y si hallare mérito, dictará las providencias que estime conducentes á la seguridad de los intereses de ésta, mientras dure el juicio. Art.