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Comisión Calificadora de Servicios Militares

Existen en esta Oficina los siguientes expedientes de calificación y se previene á los Señores de la siguiente nómina, se apresuren á subsanar las faltas de que adolesen sus expedientes:

Del Comandante efectivo Nicolás Escobari, la falta de la partida de bautismo.

Del Comandante efectivo Ventura Arrieta, varias faltas, según se le comunicó por correo.

Del Capitán Avelino Moscoso, partida de baustimo. Del Capitán Teófilo Vila, suplantación de antigüedad en el despacho de Capitán.

Del Capitán Alfredo Richter, certificado del Párroco, de la no existencia de la partida bautismal. Del Teniente 1 Arturo Nava, por id id id

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id 1? José Daniel Castillo, por id id id 1. José Barrón, partida de bautismo. Adolfo Jordán, id id id

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2. Braulio Gómez, por id. id id

2. Andrés Patiño, por id y certificado de sus últimos servicios.

Del Teniente 2 graduado Natalio Viderique, certificado del Párroco, de no existir la partida de bautis

mo.

Además se advierte que á todos los expedientes que carezcan del papel sellado y timbres, no se les dará la tramitación respectiva, en cumplimiento de la última resolución superior, de 27 de Marzo último, emanada del Ministerio de Guerra.

La Paz, Abril 6 de 1905. 5

Felix Alcides Elio,
Teniente 1.o

V B-Por enfermedad del señor Coronel Pre

sidente.

MIGUEL VILLA DE LORA
Comandante, 2.° Vocal de Turno.

200

DEL

MINISTERIO DE GUERRA

Año I

LA PAZ, MAYO 1.o DE 1905

N.° 50

Revista de comisario y destinos.-Calificación de servicios militares.-Baja negada.-Organización del correspondiente sumario por delitos de deserción. -Rehabilitación y destinos.

Cuartel General en La Paz, á 28 de Abril de 1905.

Por acuerdo del señor Presidente Constitucional de la República y Capitán General del ejército.

El Ministro de Guerra.

DISPONE:

Artículo 1-Los cuerpos del Ejército de línea residentes en esta Plaza, Institutos Militares y demás listas, pasarán revista de comisario el día 1 de Mayo á hora 1 p. m.; los primeros en sus respectivos cuarteles, y los segundos en sus oficinas, presididos por el señor General Inspector General del Ejército, con intervención del señor Administrador del Tesoro Nacional.

Art. 2-El Estado Mayor Departamental, Depósito y Reservas, Inválidos del Pacífico y Comunes, Columna de Policía y el Cuerpo de Celadores, pasarán revista el mismo día y hora, presididos por el señor Prefecto y Comandante General del Departamento con intervención del señor Administrador del Tesoro Público.

Art. 3-El Teniente 2? efectivo José V. Reyes es destinado á la Columna de Santa Cruz.

Art. 4-El Teniente 2 efectivo Sinforiano Herbas que pertenece á aquella Columna, pasará á prestar sus servicios en el Depósito del mismo Departamento.

destinado de Jefe de la Columna de Guarnición de la ciudad de Trinidad, capital del Departamento del Beni. Comuníquese.

JOSÉ S. QUINTEROS

Ministro de Guerra.

Se han aprobado los autos de la Comisión Calificadora y en revisión los del Consejo Supremo de Guerra, pronunciados en los respectivos expedientes militares; calificándose, en consecuencia, el tiempo de servicios hasta el 31 de Diciembre de 1904, de los siguientes jefes y oficiales:

Teniente Coronel efectivo Daniel Gallardo, en veintiocho años, ocho meses y trece días.

Teniente Coronel efectivo Leonardo Salinas, en veintisiete años, dos meses y tres días.

Comandante graduado Fidel Irigoyen, en once años once mescs y veinticinco días.

Mayor graduado Juan N. Tineo, en siete años diez meses y veinticuatro días.

Capitán efectivo Nestor Monasterios, en tres años, cinco meses y diez y nueve días.

Teniente 2 efectivo Primo Falcón Ruiz, en dos años y once meses.

Teniente 2 Pedro N. Cueto, en tres años y seis

meses.

Teniente 2 graduado Armando Alvarez L., en dos años siete meses y diez y seis días.

Teniente 2 graduado Benjamín Ascarrunz, en un año y un mes.

Subteniente Arturo de la Vega, en tres años y veintinueve días.

Los servicios del Teniente Coronel efectivo José M Guereca han sido calificados en trece años, seis meses y siete días, hasta el 31 de Diciembre de 1902, hallándose comprendido en el retiro forzoso.

Vistos y considerando que del informe prestado por el Jefe de la Columna de Tarija consta que el voluntario Agustín Flores fué admitido en el servicio con el consentimiento de sus padres, circunstancia que llena el requisito previsto en el 20 período del artículo 70 de las Ordenanzas Militares, se declara sin lugar la baja que solicita; y por cuanto del mismo informe consta que el expresado voluntario ha incurrido en el delito de deserción, habiendo salido del cuartel con garantía del presentante, que es su padre, se declara igualmente que éste se halla obligado á presentarlo á su cuerpo; debiendo ser juzgado, en caso contrario, sin perjuicio de la persecución de aquel, por hallarse comprendido en los artículos 15, 16, 17, 19 y 20 del nuevo Código Penal Militar, como coautor, cómplice y encubridor del delincuente.

Regístrese y devuélvase á la Comandancia General de Tarija para su cumplimiento, concediéndose por esta vez más el cargo de reintegro del papel sellado correspondiente, en atención á la distancia.

JOSÉ S. QUINteros.

En el parte pasado por el primer Jefe del Batallón Murillo 1 de línea poniendo de manifiesto la deserción de algunos soldados, se ha dispuesto que con la filiación acompañada pase al señor Comandante General del Departamento, á fin de que con sujeción al nuevo Código de Procedimientos Judiciales Militares y de acuerdo á la atribución que le confieren los artículos 83 y 93 de la nueva Ley de Organización Judicial y Competencia Militar, ordene la organización del sumario correspondiente contra los soldados Marcelino Belzu, Celestino Chuquimia y Lorenzo Chávez del Batallón de línea, por el delito de deserción que han consumado.

Igual determinación se ha dictado en el parte elevado por el primer Jefe del Batallón Independencia 2 de

línea, contra los soldados desertores José Choque,. Pedro Trujillo y Manuel Arias, así como contra el soldado Tomás Gutiérrez del Regimiento Artillería de Montaña.

Cuartel General en La Paz, á 29 de Abril de 1905.

Por acuerdo del señor Presidente Constitucional de la República y Capitán General del Ejército

El Ministro de Guerra.

DISPONE:

Artículo 1-Habiendo cumplido con los requisitos de ley el Teniente 2 Nicanor Vargas, es rehabilitado al servicio y destinado á la Columna de Guarnición de Santa Cruz.

Art. 2-Son igualmente destinados: el Teniente 2 graduado Luis M. Jurado, á la Columna de Guarnición de Tarija, y el Teniente 1 graduado José Zacarías Avila, al «Escuadrón Tarija,» organizado en dicha ciudad.

Art. 3-El Teniente 1 Juan C. Achá del Batallón Loa 4 de línea, pasará á prestar servicios en la Zona Militar del Centro, con residencia en la ciudad de Cochabamba.

Comuníquese.

JOSÉ S. QUINTEROS

Ministro de Guerra.

Lo que se comunica al Ejército y reparticiones militares de orden del señor Ministro de Guerra.

Zenobio Rodríguez,

Coronel.

Ayudante General.

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