DEL MINISTERIO DE GUERRA Año I LA PAZ, DICIEMBRE 27 DE 1905. { N.° 94 Acta del sorteo de couscriptos del Departamento de Chuquisaca (conclusión.-Ascensos á la alta clase de Generales de Brigada. Calificación de servicios militares.-Bajas. PROVINCIA DEL AZERO. La Junta Municipal de esta Provincia no hizo distribución del cupo entre los cantones de su circunscripción, participándose por el señor Subprefecto de ella que no funcionaba hacía largo tiempo, habiendo así mismo dejado de enviarse por esta autoridad los cuadros de inscripción militar, tanto del Depósito como de las demás series de los Cantones Sapirangui y Carandaite. Por tal motivo y no pudiendo postergarse por razón alguna la operación del sorteo señalado para el presente día; se acordó por el personal de la Mesa realizar el sorteo con exclusión de los indicados dos cantones; y dividiendo la nómina de dicha provincia que contenía 520 inscritos, en dos series numeradas del 1 al 260 cada una respectivamente, debiendo sortearse 20 de cada fracción. Efectuado lo cual se tuvo el siguiente resultado: Primera fracción.-Cantón Sauces. N. Guirare, Mérida Patricio, Vargas Dionisio, N. Pascual. Cantón Ingre. Camacho José Manuel, Quiroz Eusebio, Romero Antenor, Arigna, Manuelito, Gallardo Víctor, Maringai, Geromo, Guacuruti. Cantón San Juan del Pirai Silva Pastor, Cerezo Pedro, Torres Luis, Soraire Aurelio. Fernández Santiago, Rivera Genaro. Segunda fracción.- Vicecantón Fernández Velásquez Norberto, Aguirre Andrés. Mollo Nicolás. Vicecantón Añimbo Cantón Cuevo Barachaca Domingo, Machiringuatu N., N. Arucaru, N. Conre, N. Cuyunchari, N. Canidore, N. Guarumbea, Chacuaiti, Arayare, N. Cantón Ticucha Camargo Eleuterio, Yarupani, Rivera Atanacio. Caipure, Rubio. Gantón Huacareta Finalizado el acto se computó en 240 el número de los favorecidos por la suerte, siendo igual al fijado á este Distrito por el Supremo Decreto de 23 de Septiembre último. Con lo que concluyó la operación del sorteo del Departamento á horas 5 p. m. y ordenándose se eleve copia legalizada de la presente acta á la consideración del Supremo Gobierno, suscriben los miembros de la Mesa arriba enunciados y yo el suscrito Notario de Hacienda, de que doy fé.--Julio La Faye. Juan Salínas.-Ernesto Sánchez.-Máximo Cabrera, Notario de Hacienda y Minas. Es copia certificada. Máximo Cabrera, ISMAEL MONTES,* Presidente Constitucional de la República. Por cuanto el Senado Nacional ha expedido la siguiente resolución: El Senado Nacional RESUELVE: Se asciende á los Coroneles Zenón Cossío, Rosendo R. Rojas y Fermín Prudencio á la alta categoría de Generales de Brigada. Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del Senado Nacional. ELIODORO VILLAZÓN.-José Carrasco, Senador Se cretario. Cúmplase con arreglo á la Constitución. Palacio de Gobierno en La Paz, á 5 de Diciembre de 1905. ISMAEL MONTES.-José S. QUINTEROS. La Paz, Diciembre 13 de 1905. Vistos: apruébase el auto de revisión expedido por el Consejo Supremo de Guerra, que reconoce al Mayor graduado Néstor Valverde, veintiun años, dos meses y veinte días de servicios militares prestados á la Nación, Regístrese y devuélvase. MONTES.-JOSÉ S. QUINTEROS. La Paz, Diciembre 13 de 1905. Vistos los obrados é informe que anteceden y considerando: que el conscripto sorteado Landelino Bravo del Batallón Loa 4 de línea aun no ha cumplido el tiempo de servicios fijado por el artículo 55 de las Ordenanzas; que las pruebas testimoniales que se acompañan, no manifiestan estar comprendido en la dispensación prevista en el inciso I del artículo 57 de las mismas; se declara: no haber lugar á concederse la baja solicitada. Tómese razón y devuélvase JOSÉ S. QUINTEROS La Paz, Diciembre 14 de 1905. No habiendo el ocurrente Alfredo Antequera hecho sus reclamaciones en el tiempo fijado por el Artículo 5? del Supremo Decreto de 23 de Septiembre del presente año; no ha lugar á considerarse la solicitud que antece de. Regístrese y devuélvase. JOSÉ S. QUINTEROS La Paz, Diciembre 14 de 1905 Vistos los anteriores obrados y el informe del Jefe por los que consta que el soldado Hermenegildo Velásquez aun no ha cumplido el tiempo de servicios prescrito por el art. 55 de las Ordenanzas, y considerando: que las pruebas testimoniales que se acompañan no han sido producidas en forma legal, ni acreditan que el solicitante tiene más de dos hijos para estar comprendido en la dispensación prescrita en el inciso 2 del art. 59 de las mismas, se declara: no haber lugar al retiro que solicita. Tómese razón y devuélvase. fe, José S. QUINTEROS. La Paz, Diciembre 15 de 1905. Vistos: el reconocimiento médico é informe del Jeque anteceden y constando que el voluntario Miguel Coca del 5 de línea es físicamente inhábil para el servicio de las armas; se concede el retiro solicitado. Tómese razón y devuélvase. José S. QUINTEROS. La Paz, Diciembre 15 de 1905. En mérito del informe que antecede, por el cual cons ta que el voluntario Félix Paredes, es completamente inú-til para el servicio de las armas: se ordena su baja del Batallón Campero 5? de línea previniéndose al Jefe del cuerpo, que para lo sucesivo y en observancia del artículo 526 de las Ordenanzas Militares, toda vez que ingresen altas al Batallón, los mande reconocer previa y prolijamente por el Cirujano, á fin de no admitir á los que resulten inhábiles para el servicio y evitar reclamaciones posteriores. Tómese razón y devuélvase. José S. QUINTEROS. el's La Paz, 18 de Diciembre de 1905. Visto el informe del Jefe, por el cual consta que soldado Toribio Arce ha cometido el grave delito de deserción y se halla comprendido en la sanción penal establecida por el artículo 219 del Código Penal Militar; se declara no haber lugar á su baja de las filas del Batallón Loa 4 de línea, mientras no cumpla el tiempo de servicios, con el recargo prescrito por ley. Tómese razón v devuélvase. y JOSÉ S. QUINTEROS La Paz, 18 de Diciembre de 1905. Constando por el informe del Jefe que el soldado. Policarpo Prado del Batallón Loa 4 de línea se halla jeitado en su calidad de omiso á lo prescrito por el artí culo 6 de las Ordenanzas; no ha lugar á concederse el retiro que que solicita. Tamese razón y devuélvase. JOSÉ S. QUINTEROS. Lo que se comunica al Ejército y reparticiones militares de orden del señor Ministro de Guerra. Zenobio Rodríguez, Coronel. 384 DEL MINISTERIO DE GUERRA Año I LA PAZ, DICIEMBRE 27 DE 1905 { N.° 95 Censo Militar. Licencia.-Anulación de la designación de un conscripte.-Monte pios.-Exensión.--Bajas. ISMAEL MONTES, Presidente Constitutional de la República. Considerando: que el Censo Militar es la base indispensable para practicar correctamente la ley de conscripción; que es por lo mismo necesario completar el censo formado durante el presente año, facilitando la inscripción por medios excepcionales, á los que aún no hubieran podido realizarla hasta el presente, que en particular, la clase indígena necesita por su crecido número de nuevos plazos para completar su inscripción en el Registro Mifitar; que la ley sancionada por las Cámaras Legislativas en 4 del corriente mes, y que ha sido observada por el Ejecutivo en uno de sus artículos, contiene disposiciones cuya inmediata vigencia es reclamada por la misma naturaleza de estas. DECRETA: Artículo 1-Desde el 1 de Enero de 1906 funcionarán las mesas de inscripción militar, por esta sola vez, hasta el 30 de Septiembre del mismo año. Art. 2-Los Subprefectos, Corregidores y propietarios de fundos rústicos, cuidarán de que los colonos é indígenas de su dependencia cumplan el deber de inscribirse en el Registro Militar. Art. 3-Los Comandantes Generales de Departamento dispondrán, que los Mayores de Plaza hagan visitas frecuentes á las Provincias de su jurisdicción, para vigilar las inscripciones y corregir los defectos en que pudieran incurrir, respecto á la clasificación de categorías, |