los libros de contabilidad de cada cuerpo una cuenta especial de depósitos, para su cancelación definitiva al cumplir su compromiso. El señor Ministro de Guerra, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto. Dado en la ciudad de La Paz, á 12 de noviembre de 1904. ISMAEL MONTES.—ANÍBAL CAPRILES. Se ha denegado la solicitud de reconsideración pedida por María Peñaranda del auto de montepío pronunciado por el Tribunal Nacional de Cuentas. En la de Prudencia Sevillano, sobre cancelación del montepio decretado en su favor por fallecimiento de su esposo Belisario Brun, se ha dispuesto que la peticionaria ocurra á la Prefectura y Comandancia General del Departamento de Cochabamba por cuyo conducto se remitieron los fondos para su abono. En cuanto al 40 % por sueldos devengados, sobre Bs. 179.42 centavos, se ha ordenado se pague por el Tcsoro Nacional la suma de Bs. 71.76 centavos. En la solicitud de Petrona Villaroel sobre pago de sueldos devengados de su hijo Bernardino Lanza, se ha ordenado que el Tesoro Nacional le abone la suma de Bs. 60.82 centavos que corresponde al 40 % sobre Bs. 152.06 centavos. La Paz, Noviembre 5 de 1904. Vistos el memorial presentado por Manuel Jesús Vaca, en representación de José León Montero y los informes del ex-Comandante en jefe de las fuerzas del Territorio de Colonias del N. O. y del Jefe de la sección de Inspección, y considerando: que por el primer informe consta que los devengados del músico Modesto Montero fueron remitidos á la Prefectura de Santa Cruz, al obje to de que se abone á sus legítimos herederos, se resuelve: ocurra el interesado ante la indicada autoridad. Considerando: que los premios acordados por el Senado Nacional consistentes en medallas y diplomas de honor corresponden solamente á los expedicionarios sobrevivientes y el haber de un año, ó lo que es lomismo el montepío, resulta en beneficio de los herederos, se declara: que el interesado organice su expediente en la forma prescrita por las Ordenanzas Militares. Tómese razón y devuélvase. CAPRILES. El soldado inválido Antonio Fuentes, ha sido rehabilitado por haber comprobado ser vencedor en la batalla de Tarapacá destinándosele á la plaza de Cochabamba. Por carecer de los requisitos necesarios, según consta del informe prestado por el Jefe de la Sección de Armas, han sido denegadas las solicitudes del Capitán Isaac D. Medina y del Subteniente Rómulo del propio apellido, que pedían ascenso al grado inmediato. La Paz, 8 de Noviembre de 1904. Vistos y teniéndose en cuenta que el fondo votado por el Congreso Nacional, no alcanza á cubrir los presupuestos de los militares comprendidos en el retiro forzoso, siendo por consiguiente imposible la emisión de nuevos bonos para aquellos que soliciten su retiro voluntario del ejército, no há lugar á la solicitud del Teniente 2? Juan Tudela. Tómese razón y devuélvase. CAPRILES. Lo que se comunica al ejército y reparticiones militares de orden del señor Ministro de Guerra. adelanto de éstos. Agradeciendo al señor Presidente y sus coleg: la corrección y seriedad con que han procedido en e empeño del cargo que les encomendó este Minist me repito de U. atento-Servidor. ANÍBAL CAPRILES. El señor Presidente Constitucional de la Repúl en vista del brillante examen rendido por el alumno de legio Militar Francisco Barros, ha resuelto prem mandándolo á que perfeccione sus estudios militare el acreditado Colegio Militar de la República Argen Como el cadete Barros no tiene aun edad para ser as dido á oficial, se ha tomado esta determinación. Lo que se comunica al ejército y reparticiones : tares de orden del señor Ministro de Guerra. Miguel Ramallo, Coronel. Intendencia de Guerra.-Talleres. › por des erio, olica, 1 Co- es en tina. mili y Grato es á la Comisión manifestar á Ud., Sr. Ministro, La abundancia en los programas, así como el escaso Con este motivo manifestamos al Sr. Ministro nues- Felix Romero, Ad: Tejada Fariñas, Teniente Coronel. Guerra, Talleres DEL MINISTERIO DE GUERRA Año I LA PAZ, NOVIEMBRE 25 DE 1904 N.° 11 Montepios.-Adquisición de paño para vestuario de tropa.-Recurso de reconsideración.-Ordenes.-Exención en el servicio militar.- Licencias. Bajas. Previos los trámites legales y mediante calificación favorable del Tribunal Nacional de Cuentas, se ha concedido el que goce de montepío en favor de las personas siguientes: Modesta González, por fallecimiento de su esposo José Flores, soldado del Batallón Acre 3 de línea. Carmen Castillo, por fallecimiento de su padre Teniente Coronel Honorio Castillo; los obrados de su referencia se pasaron al Ministerio de Hacienda, para los efectos del artículo 4 de la Ley de 17 de Octubre de 1880. La Paz, 16 de Noviembre de 1904. Vista la propuesta que antecede y teniéndose en cuenta que se necesita adquirir ese artículo para atender al servicio del vestuario del ejército, se resuelve aceptar la propuesta que hace el señor Adolfo Ortega, bajo las condiciones siguientes: 1.-El señor Adolfo Ortega, entregará en la Intendencia de Guerra diez mil varas de paño azul, de buena calidad, según la muestra que tiene presentada, á los treinta días de firmado este contrato. 2.a—El Estado pagará al señor Ortega, Bs. 2.40 cts. por vara, que arroja la suma de veinticuatro mil bolivianos en la forma siguiente: Bs. 8,000 á los sesenta días de la entrega; otros 8,000 á los sesenta días subsiguientes y finalmente los 8,000 res |